Auto Supremo AS/0923/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0923/2016

Fecha: 03-Ago-2016

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

Distrito: La Paz

VISTOS: El recurso de casación de fs. 423 a 425, interpuesto por Aydee Virginia Chacón Molina y el recurso de casación de fs. 433 a 438 interpuesto por Martha Melean Molina de Dávila, José Luis Dávila Cortez, Dora Melean Molina de García, contra el Auto de Vista N° S-115/2015 de fecha 23 de marzo, cursante de fs. 413 a 417, pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de Declaración de bienes concubinarios (gananciales), anulabilidad de negocios jurídicos, división partición de bienes comunes y frutos civiles, seguido por Aydee Virginia Chacón Molina contra Martha Melean Molina de Dávila, José Luis Dávila Cortez, Dora Melean Molina de García y Jorge Galdo Melean; las respuestas de fs. 430 y vta., y de fs. 442 a 443 y vta., la concesión de fs. 446; y
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de la Ciudad de La Paz, emitió la Sentencia N° 168/2014 de 13 de febrero, cursante de fs. 367 a 375 y vta., declarando PROBADA en parte la demanda principal de fs. 27 a 32 interpuesta por Aydee Virginia Chacón declarando como bienes gananciales, el inmueble citado en calle Almirante Grau y Amazonas (actual Calle Zoilo Flores Nº 1284); el 50% de bien ubicado en la calle Almirante Grau Nº 540 (actual Nº 654); el lote de terreno situado en la comunidad maquiviri- Achocalla, la línea telefónica Nº 2491861 y los frutos civiles emergentes de los alquileres de los inmuebles antes mencionados