Auto Supremo AS/0292/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0292/2016

Fecha: 05-Sep-2016

En ese mérito, de la lectura del recurso en examen se constata que el recurrente

En ese mérito, de la lectura del recurso en examen se constata que el recurrente se limita a efectuar exposición de hechos omitiendo la fundamentación de derecho; desconociendo con ello que el recurso de casación se asemeja a una demanda nueva de puro derecho que procede solo en los casos especificados en los arts. 253 y 254 del CPC. En efecto, en la exposición efectuada, el recurrente no acusa violación de norma alguna por lo tanto tampoco específica, en que consiste la violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, requisito que no es solo formal sino de “contenido” toda vez que el mismo delimita la competencia del Tribunal de Casación, el cual debe pronunciarse precisamente sobre los puntos expuestos en el recurso, puesto que la labor del Tribunal de casación es verificar la infracción de la ley y el incumplimiento de este requisito impide abrir la competencia del Tribunal, máxime si en mérito de lo establecido en el Art. 17 parágrafo II de la Ley N° 025 que textualmente expresa. “En grado de apelación, casación o nulidad, los tribunales deberán pronunciarse sobre aquellos aspectos solicitados en los recursos interpuestos” (sic)