El auto de vista, motivó que el Sistema Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”, representado
I.2 Motivos del recurso de casación
El auto de vista, motivó que el Sistema Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”, representado por Juan Edwin Mercado Claros, formule recurso de casación en el fondo de fs. 165 a169, en base a los siguientes argumentos:
Que el tribunal de alzada al emitir el auto de vista incurrió en mala aplicación del art. 14 del DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, porque si bien esta norma establece la modalidad de certificación extraordinaria a través de documentos supletorios bajo presunción juris tantum, no es menos evidente que la señalada disposición legal regula única y exclusivamente trámites del Sistema de Reparto y no así trámites de Compensación de Cotizaciones, que de acuerdo al art. 18 del referido decreto, nos remite a los arts. 13, 16 y 17, lo cual corrobora su no aplicación a la compensación de cotizaciones
- Auto Supremo Nº 329/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.434/2015
- I.1.1.- Resoluciones emitidas por el SENASIR
- Notificado con la referida resolución, el solicitante presentó recurso de reclamación de fs
- La referida resolución motivó que el solicitante Roberto Rubín de Celis Rocha, presente recurso de
- El auto de vista, motivó que el Sistema Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”, representado
- Prosigue señalando, que en el caso de autos no se certifican los periodos reclamados
- Concluyó solicitando, previa concesión del recurso de casación en el fondo ante el Tribunal Supremo
- El solicitante se ratificó en su solicitud señalando que efectivamente realizó sus aportes porque de
- CONSIDERANDO II
- En cuanto a la supuesta controversia de errónea aplicación del art
- Sin embargo, a partir de esta última disposición el art
- II. 2 Análisis del caso concreto
- En el marco legal descrito, en el caso de autos, de la revisión de los
- Universal de Derechos Humanos, en el art
- Consiguientemente, por fundamentos expuestos en base a las normas legales que rigen en la materia,
- Por lo expuesto, corresponde resolver, conforme previenen los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
