II. 2 Análisis del caso concreto
Sobre el particular, éste Tribunal Supremo de Justicia a través de numerosos fallos, entre los que podemos citar el Auto Supremo Nº 275/2013 de 3 de junio del 2013 y otros; estableció que la aplicación del art. 14 del DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, no sólo procede para los trámites realizados en el Sistema de Reparto, sino también para la Compensación de Cotizaciones, de tal manera que no se deje desprotegido al asegurado, sino con la diligencia que debe caracterizar a todo servidor público se imprima el trámite con la documentación presentada por el solicitante y contrastada con la del Ente Gestor remitida por la institución empleadora, proceda a la emisión de la resolución correspondiente en cumplimiento a los principios constitucionales y en aplicación correcta de normas legales que rigen la materia.
II. 2 Análisis del caso concreto
- Auto Supremo Nº 329/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.434/2015
- I.1.1.- Resoluciones emitidas por el SENASIR
- Notificado con la referida resolución, el solicitante presentó recurso de reclamación de fs
- La referida resolución motivó que el solicitante Roberto Rubín de Celis Rocha, presente recurso de
- El auto de vista, motivó que el Sistema Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”, representado
- Prosigue señalando, que en el caso de autos no se certifican los periodos reclamados
- Concluyó solicitando, previa concesión del recurso de casación en el fondo ante el Tribunal Supremo
- El solicitante se ratificó en su solicitud señalando que efectivamente realizó sus aportes porque de
- CONSIDERANDO II
- En cuanto a la supuesta controversia de errónea aplicación del art
- Sin embargo, a partir de esta última disposición el art
- II. 2 Análisis del caso concreto
- En el marco legal descrito, en el caso de autos, de la revisión de los
- Universal de Derechos Humanos, en el art
- Consiguientemente, por fundamentos expuestos en base a las normas legales que rigen en la materia,
- Por lo expuesto, corresponde resolver, conforme previenen los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
