En cuanto a la supuesta controversia de errónea aplicación del art
En cuanto a la supuesta controversia de errónea aplicación del art. 14 del DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, el 48, 51 del DS Nº 822 y el 24 de la Ley Nº 65 por el tribunal ad quem al revocar la Resolución Nº 922/14 de 31 de diciembre de 2014, para la emisión del Certificado de Compensación de Cotizaciones; cabe señalar que el Ministerio de Hacienda, en ejercicio de la facultad que tiene sobre el Servicio Nacional del Sistema de Reparto, en uso de sus atribuciones, al revisar las planillas del SENASIR, con el conocimiento y veracidad de que un gran número de asegurados no estaban consignados en planillas, empero contaban con documentación que acreditaba que han prestado servicios en empresas e instituciones sujetas a la seguridad social de largo plazo, emitió la Resolución Ministerial (RM) Nº 559 de 3 de octubre de 2005, complementando y ampliando los alcances del art. 14 del DS Nº 27543, “sin imponer limitaciones sobre alguna de sus determinaciones..”, norma ampliatoria que es posterior a la RS Nº 550 de 28 de septiembre de 2005, que en su parte in fine del artículo único establece de manera concreta que se debe dar cumplimiento a las condiciones y procedimientos contenidos en el DS Nº 27543
- Auto Supremo Nº 329/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.434/2015
- I.1.1.- Resoluciones emitidas por el SENASIR
- Notificado con la referida resolución, el solicitante presentó recurso de reclamación de fs
- La referida resolución motivó que el solicitante Roberto Rubín de Celis Rocha, presente recurso de
- El auto de vista, motivó que el Sistema Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”, representado
- Prosigue señalando, que en el caso de autos no se certifican los periodos reclamados
- Concluyó solicitando, previa concesión del recurso de casación en el fondo ante el Tribunal Supremo
- El solicitante se ratificó en su solicitud señalando que efectivamente realizó sus aportes porque de
- CONSIDERANDO II
- En cuanto a la supuesta controversia de errónea aplicación del art
- Sin embargo, a partir de esta última disposición el art
- II. 2 Análisis del caso concreto
- En el marco legal descrito, en el caso de autos, de la revisión de los
- Universal de Derechos Humanos, en el art
- Consiguientemente, por fundamentos expuestos en base a las normas legales que rigen en la materia,
- Por lo expuesto, corresponde resolver, conforme previenen los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
