Auto Supremo AS/0346/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0346/2016

Fecha: 30-Sep-2016

Por otra parte expresa que, el auto de vista recurrido, debió expresar los motivos de

Continuó señalando, que el Auto Supremo Nº 12/2012 de 30 de enero, estableció sobre la debida fundamentación, y la doctrina legal aplicable, copiando textualmente parte del auto supremo citado, en ese sentido consideró que el Auto de Vista de 1 de diciembre de 2015, no contiene una debida fundamentación, para poder revocar una sentencia que fue debidamente fundamentada.
Por otra parte expresa que, el auto de vista recurrido, debió expresar los motivos de hecho y de derecho en que basan sus decisiones, el valor otorgado a las pruebas, estableciendo los motivos por los cuales no se los consideró, y no fundamentar o considerar como tal cuando se reemplaza por la simple relación de los documentos o la mención de requisitos; además que no se debió señalar que por el simple hecho de que la actora no esté en planilla, no puede considerarse como parte de la Aduana Nacional de Bolivia, efectuando en ese sentido una errónea apreciación lógica y jurídica de los arts. 1 y 6 de la LGT