Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 65 a 66, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representado por Jerónimo Pinheiro Lauria y otros contra el Auto de Vista Nº 171/2015 de 2 de diciembre, cursante de fs. 61 a 63, pronunciado por la Sala Civil, Social, Familia, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso social seguido por Nemo Hugo Vargas Salazar contra la institución recurrente, el auto que concedió el recurso de fs. 71; los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1.Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Cobija, por Sentencia Nº 144/2015 de 10 de septiembre, cursante de fs. 43 a 45, declaró probada en parte la demanda de fs. 78, disponiendo que la institución demandada cancele al actor la suma de Bs. 41.607.00 (Cuarenta y un mil seiscientos siete 00/100 bolivianos), por concepto de desahucio, indemnización, subsidio de frontera, vacación y multa. Debiendo efectivizarse dentro del tercer día de ejecutoriada la sentencia. Sin costas
CONSIDERANDO I:
I. 1.Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Cobija, por Sentencia Nº 144/2015 de 10 de septiembre, cursante de fs. 43 a 45, declaró probada en parte la demanda de fs. 78, disponiendo que la institución demandada cancele al actor la suma de Bs. 41.607.00 (Cuarenta y un mil seiscientos siete 00/100 bolivianos), por concepto de desahucio, indemnización, subsidio de frontera, vacación y multa. Debiendo efectivizarse dentro del tercer día de ejecutoriada la sentencia. Sin costas
- Expediente: SC-CA.SAII-PDO.34/2016
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de
- El auto de vista, motivó que el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, formule recurso de
- Concluyó solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista Nº 171/2015
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, los antecedentes del proceso y
- 2
- 5
- En este razonamiento, el actor Nemo Hugo Vargas Salazar, trabajó en el Gobierno Autónomo Municipal
- 6
- Por los fundamentos expuestos, se colige que no son evidentes las violaciones de las normas
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
