Auto Supremo AS/0668/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0668/2016-RRC

Fecha: 12-Sep-2016

1) El Tribunal de Sentencia ha procedido de manera incorrecta, sin tomar en cuenta e


La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista 95 del 1 de octubre de 2015, declaró admisible y procedente el citado recurso y anuló totalmente la Sentencia apelada, ordenando la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia llamado por ley, en base a los siguientes argumentos:

1) El Tribunal de Sentencia ha procedido de manera incorrecta, sin tomar en cuenta e interpretar el alcance del art. 359 inc. 2) y 365 del CPP relativo a las normas de deliberación y votación con relación a la comisión del hecho punible y la absolución o condena del acusado, ya que no consideró que existen pruebas físicas, documentales y testificales de cargo presentadas por los acusados y que presuntamente muestran la realidad de los acontecimientos ocurridos y acusados, no pudiendo sólo basarse en el argumento de que la querellante actualmente vive en el departamento, cuando la acción ya fue realizada; en este caso, el Tribunal inferior realiza una apreciación errónea de las pruebas testificales y documentales, incurriendo en valoración defectuosa de la prueba, defecto previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP