Auto Supremo AS/0668/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0668/2016-RRC

Fecha: 12-Sep-2016

En el presente recurso de casación, el imputado Richard Guido Voss Urquidi, denuncia que el


4) Corresponde al Tribunal a quo la valoración de las pruebas o la asignación del valor correspondiente a cada uno de los elementos de la prueba efectuada, en aplicación del art. 171 del CPP; por lo que, se llega a la conclusión de que el fallo impugnado no se ajusta a las normas procesales vigentes, ya que se ha inobservado la Ley adjetiva con relación a la valoración defectuosa de la prueba y la falta de fundamentación de la Sentencia.

III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN

En el presente recurso de casación, el imputado Richard Guido Voss Urquidi, denuncia que el Tribunal de alzada al anular la sentencia absolutoria procedió a analizar los hechos fácticos y a revalorizar los elementos probatorios (testificales y documentales), destacando dos afirmaciones contenidas en el Auto de Vista impugnado que evidenciarían la denuncia formulada, por lo que corresponde resolver la problemática planteada