b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Freddy Simón Álvarez Camperos (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Freddy Simón Álvarez Camperos (fs. 163 a 164), interpuso recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista de 12 de febrero de 2016, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró procedente en parte el recurso de apelación restringida y confirmó la Sentencia apelada con la modificación del quantum de la pena, impuesta al imputado siendo esta de diez años de presidio, que deberá cumplir en la cárcel pública de San Sebastián varones
- Por memorial presentado el 21 de julio de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Freddy Simón Álvarez Camperos (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Al valorar su conducta se incurrió en violación del art
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al primer motivo, en el que señala que el Auto de Vista no
- Con relación al motivo segundo, referido que a tiempo de valorar su conducta se incurrió
- Con relación a este motivo, se advierte la invocación del Auto Supremo 417/2003 de 19
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
