Auto Supremo AS/0715/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0715/2016-RA

Fecha: 19-Sep-2016

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


Por otro lado, a tiempo de fundamentar la vulneración a sus derechos constitucionales, no identificó plenamente el defecto absoluto que no es susceptible de convalidación, refiriendo solamente que el debido proceso implica que la tipicidad delictual debe adecuarse a los hechos; por tanto, si bien precisó la garantía y/o principio constitucional supuestamente vulnerada; sin embargo, no explicó el resultado dañoso emergente del defecto. Por tanto, de la fundamentación expuesta en el recurso, se observa que no se cumplió con los presupuestos de flexibilización, haciendo inviable la admisión de este motivo.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Freddy Simón Álvarez Camperos, cursante de fs. 187 a 188