Auto Supremo AS/1053/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1053/2016

Fecha: 06-Sep-2016

Respecto al reclamo de forma, señala que el Tribunal de Alzada no puede incurrir en

Respecto al reclamo de forma, señala que el Tribunal de Alzada no puede incurrir en la vulneración del art. 190 del Código de Procedimiento Civil, pues esa norma se aplica para el Juez de primera instancia