Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/1058/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1058/2016

    Fecha: 06-Sep-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Aduce que la afirmación realizada en el Auto de Vista resulta errada debido a que
    • 3
    • Señala que tanto la sentencia como el Auto de Vista al referir que existen
    • Refiere que ninguna resolución se puede basar en meras especulaciones como afirmaciones como lo señala
    • Por ultimo señala que la Sentencia contiene fundamentos confundidos y fuera de coherencia legal que
    • Solicitando en definitiva casar el Auto de Vista
    • Señala que el recurso no cumple con el art. 258 del Código de Procedimiento Civil
    • Sobre el tema este Tribunal en el AS Nº1075/2015 de fecha 18 de Noviembre 2015
    • 2
    • Reales” de Arturo Alessandri R
    • No obstante, para que opere la interrupción Civil de la prescripción adquisitiva, quien considere tener
    • Establecidos esos aspectos generales, corresponde precisar que, no toda acción o controversia judicial genera el
    • 2) Sobre la posesión pacífica o no violenta, entendida por la doctrina como aquella que
    • En ese marco, como sostiene el Autor peruano Moisés Arata Solís, este requisito debe entenderse
    • III.2.- Del momento para interrumpir de la posesión
    • En cuanto al tema de la interrupción de la posesión en el AS Nº 644/2014
    • III
    • En nuestra economía jurídica el Código de Procedimiento Civil en su art
    • Razonamiento orientado por este Tribunal de Casación, que en el Auto Supremo N° 746/2014 de
    • III.5.- De la legitimación pasiva (usucapión)
    • Sobre la importancia de la legitimación pasiva en los procesos de usucapión este Tribunal a
    • III.6.- De los requisitos formales del recurso de casación
    • Si bien el art
    • Así, se tiene que el art
    • En ese entendido, pretender ahondar las exigencias antes mencionadas, resulta un exceso que desconocería el
    • O sea, del contexto de la jurisprudencia citada se extrae que el cumplimiento de requisitos
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Como segundo punto, aduce que la afirmación realizada en el Auto de Vista resulta errada
    • En la misma forma, conforme al punto anterior es necesario previamente tener claro cual el
    • Por otro lado corresponde aclarar, que la norma no establece la inviabilidad de la usucapión
    • Como tercer tópico señala que resultaría errado el fundamento de la Sentencia confirmada por el
    • Sobre lo acusado corresponde simplemente ratificarnos en lo expuesto líneas supra, en sentido de que
    • Siguiendo el orden de reclamos, expresa que tanto la Sentencia como el Auto de Vista
    • En cuanto a lo observado, conforme al criterio expresado en la doctrina aplicable al caso
    • Los argumentos precedentemente descritos denotan la viabilidad de la pretensión incoada, empero, con la finalidad
    • En cuanto a la legitimación pasiva de acuerdo a lo expuesto en la doctrina aplicable
    • En cuanto a los elementos que hacen a la posesión los cuales fueron desglosados en
    • Sobre las características de la posesión, es decir, que sea pacifica publica e ininterrumpida,
    • En cuanto a la contestación al recurso de casación, acusan que el recurso interpuesto carece
    • Sobre el punto, conforme a lo desglosado en la doctrina aplicable III
    • Por los motivos expuestos corresponde dictar resolución conforme manda el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca