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2.- Acusa errónea interpretación de los arts. 1451, 1452, 1431 y 1363 del Código Civil, porque el límite subjetivo de la cosa juzgada solo le alcanza a las partes y no erga omnes, salvo lo dispuesto en una Sentencia de estado, por determinación del art. 1452 del Código Civil. Sobre el mismo punto indica también que por disposición del art. 1363 del Código Civil toda hipoteca subsiste en el inmueble aun cuando el pase a otras manos
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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- De la Respuesta al Recurso de Casación
- III.2.- De la Valoración de la Prueba
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al respecto diremos que lo que observa la recurrente es una reclamo que como lo
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- Sobre lo reclamado diremos que lo impugnado resulta repetitivo porque aunque el Tribunal de Alzada
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
