IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y el de forma son dos medios de impugnación distintos, que persiguen igualmente finalidades diferentes.”
IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En función a que los argumentos expuestos en el recurso de casación señalado por el recurrente fuera en el fondo, debe tenerse presente las siguientes puntualizaciones: Primero los argumentos como se señaló en el punto III de la Doctrina aplicable, deben estar dirigidos a demostrar que el Ad quem a tiempo de emitir el Auto de Vista incurrió en las vulneraciones previstas en el art. 253 del Código de Procedimiento Civil en sus diferentes numerales. Por otro lado la pretensión recursiva debe estar correlacionado al análisis y reclamos efectuados
IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En función a que los argumentos expuestos en el recurso de casación señalado por el recurrente fuera en el fondo, debe tenerse presente las siguientes puntualizaciones: Primero los argumentos como se señaló en el punto III de la Doctrina aplicable, deben estar dirigidos a demostrar que el Ad quem a tiempo de emitir el Auto de Vista incurrió en las vulneraciones previstas en el art. 253 del Código de Procedimiento Civil en sus diferentes numerales. Por otro lado la pretensión recursiva debe estar correlacionado al análisis y reclamos efectuados
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por Luis Lizárraga Quispe por memorial de fs. 168 a 172
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil, Social, Familiar, de la Niñez y Adolescencia
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por otro lado señala violación e interpretación errónea de los arts
- Por lo anterior señala recurrir en el fondo, sugiriendo que el Tribunal Supremo con seguridad
- De la respuesta al recurso de casación
- Por otro lado señala que en caso de concederse el recurso deba considerarse que
- Posteriormente efectúa un resumen de los antecedentes del proceso, enfatizando que en el caso intervino
- En relación a las características del recurso de casación
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Con ese antecedente, de la revisión del recurso formulado, si bien señala fuera en el
- Lo anterior resulta contradictorio, tomando en cuenta que en ningún momento existe reclamo en el
- Bajo esas consideraciones, aun de ser concisa la respuesta otorgada por el Ad quem no
- Bajo esas consideraciones, no teniendo sustento lo argumentado por el recurrente, corresponde emitir Resolución en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
