Auto Supremo AS/1127/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1127/2016

Fecha: 23-Sep-2016

Como petitorio señala que se acepte el recurso, se resuelva el fondo y “case el

En texto aparte refiere que es “fundamento del recurso” y la procedencia según la segunda norma alegada. De lo manifestado y el cuaderno de las pruebas compuestos por las declaraciones testificales, acta de inspección judicial e informe pericial, fueran documentos auténticos, con los cuales se observaría error de hecho que se habría incurrido con el Auto de Vista que confirma la Sentencia. Que el Ad quem habría incurrido en el error mencionado, transcribiendo el razonamiento expuesto en el considerando III 1.-, concluyendo que: “En consecuencia a ello se debe aclarar que apreciar es la acción que significa percibir a través de los sentidos o del intelecto para estimar el mérito de las personas o de las cosas; es ahí que la prueba de cargo no es valorada ni apreciada de manera integral y por el contrario se lo tomó de manera sesgada.”
Como petitorio señala que se acepte el recurso, se resuelva el fondo y “case el recurso” conforme al art. 274 del C.P.C