Auto Supremo AS/1131/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1131/2016

Fecha: 29-Sep-2016

Que el Auto de Vista recurrido sería incongruente porque no existiría relación entre la parte

Que el Auto de Vista recurrido sería incongruente porque no existiría relación entre la parte considerativa y lo resuelto en la dispositiva al confirmar parcialmente la Sentencia apelada, ya que de acuerdo a las normas procesales debió revocarse en su caso admitir o rechazar las excepciones propuestas en el curso del proceso y al confirmar en forma parcial para luego disponer que en ejecución de Sentencia únicamente la división del inmueble se entenderá que la anulabilidad del documento de venta está vigente aun que las suposiciones o sobreentendidos en un fallo seria obrar incorrectamente