Auto Supremo AS/0011/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0011/2017

Fecha: 17-Ene-2017

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L



Auto Supremo: 11/2017 Sucre: 17 de enero 2017 Expediente: LP-89-16-S Partes: Guido Gumercindo Atea Aramayo y Cleta Arias de Atea. c/ María
Mamani Uchasara. Proceso: Desalojo. Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 243 a 245 vta., ampliación de 270 a 275, formulado por María Mamani Uchasara contra el Auto de Vista Nº 237/2015 de 24 de noviembre de 2015 de fs. 229 a 230 vta., pronunciado por el Juzgado Noveno de Partido en lo Civil de La Paz, en el proceso de Desalojo, seguido por Guido Gumercindo Atea Aramayo y Cleta Arias de Atea contra María Mamani Uchasara, respuestas de fs. 277 y vta.; concesión de fs. 278, y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez Séptimo de Instrucción en lo Civil de la ciudad de La Paz, dictó Sentencia Nº 771/2015 de 21 de septiembre de 2015 cursante de fs. 87 a 88 vta., declarando: PROBADA la demanda de fs. 28 a 29, subsanada a fs. 41, 47 y 51 de obrados presentada por Guido Gumercindo Atea Aramayo y Cleta Arias de Atea, sobre Desalojo de Local Comercial. Y se dispone a los treinta días de ejecutoriada la Sentencia, la parte demandada María Mamani Uchasara realice la entrega del Local Comercial consignado con el No. 17 planta baja Edificio A.C.M. “16 de Julio” ubicado en la Av. Batalla de Tumusla No. 524-Z, Zona El Rosario de esta ciudad, bajo la alternativa de expedirse el mandamiento de lanzamiento