Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0023/2017-I
Fecha: 24-Ene-2017
I.2 Auto de Vista
I.2 Auto de Vista
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Distrito: Cochabamba
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ANTECEDENTES DEL CASO
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Que, tramitada la demanda por beneficios sociales seguida por Ronald Gamboa Aguilar contra la empresa
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La empresa demandada mediante memorial cursante a fs
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I.2 Auto de Vista
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Notificada la empresa demandada con el Auto de 22 de septiembre de 2012, interpuso recurso
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Contra el referido auto de vista, la Empresa Constructora Olmedo Ltda
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Menciona los arts
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Aludiendo los arts
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Refiere que el tribunal de alzada debía pronunciarse sobre sobre los puntos expuestos en el
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Mencionando el “A
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El recurrente solicita se case el Auto de Vista Nº 21/2016 de 29 de enero;
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REQUISITOS QUE HACEN A LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
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El art
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En ese marco, el recurso de casación tiene como función que el Tribunal Supremo de
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El recurso de casación se equipara a una nueva demanda de puro derecho, el cual
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En ese sentido, los recurrentes deben observar la exigencia de la disposición legal precedentemente señalada,
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II. 1 FUNDAMENTO DEL CUMPLIMIENTO Y/O INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES
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De la revisión de antecedentes, se advierte que la Sentencia que declaró probada en parte
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Que al presente, aplicando el art
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Al respecto, el tribunal de apelación debió negar la concesión del recurso de casación de
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Por consiguiente, al haberse interpuesto el recurso de casación contra un auto interlocutorio que no
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En mérito a lo expuesto, aplicando lo establecido en el art
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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