Auto Supremo AS/0856/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0856/2017-RRC

Fecha: 31-Oct-2017

b)La sentencia en su acápite V hechos probados y no probados, en su tercer párrafo


b)La sentencia en su acápite V hechos probados y no probados, en su tercer párrafo refiere que se ha demostrado que el hecho fue planificado minutos antes por los acusados Cristhian Juan Quispe y Brayan Quispe Castillo, siendo que el primero se comunicó vía telefónica con Luís Darío Mamani, convocándolo a partir de las 18:00 en la Av. Cívica expresándole que había “joda”; empero, no demostraron de qué planificación señalan al decir que había joda, no existiendo una valoración menos la aplicación de las reglas de la sana crítica, cuando la víctima señaló el nombre de su agresor sexual