- Por memorial presentado el 6 de junio de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- b)Contra la mencionada Sentencia, Lidia Santusa Cuyuña Jarro, en su condición de madre y apoderada
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 449/2017-RA de 19 de junio, cursante de fs
- Por Sentencia 155/2015 de 5 de junio, el Tribunal Tercero de Sentencia de El Alto
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- comunicó vía telefónica con Luis Darío Mamani, convocándolo a partir de horas 18:00 en la
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- Notificado con la Sentencia, interpuso recurso de apelación restringida bajo los siguientes argumentos vinculados al
- b)La sentencia en su acápite V hechos probados y no probados, en su tercer párrafo
- c)Toda resolución debe estar debidamente fundamentada, no debiendo el juzgador efectuar una simple descripción de
- d)La falta de motivación generó la vulneración a su derecho a la presunción de inocencia
- e)El Tribunal no consideró la prueba testifical de su persona ni las signadas como PDM-1,
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto
- Respecto a que habría una defectuosa valoración sobre los elementos constitutivos del delito de Violación
- Sobre la declaración testifical de la víctima, en la que indica que reconoció a su
- En cuanto a las pruebas identificadas por el imputado que acreditarían el defecto de Sentencia
- En cuanto a los hechos probados y no probados (parágrafos segundo y tercero que menciona
- Sobre el párrafo quinto relativo a que habría contradicción sobre lo que la víctima señala
- Respecto a que el Tribunal de Sentencia, solo describió las pruebas con sus respectivos códigos
- Con relación a los motivos 4to, 5to, 6to y 7mo, la parte apelante indica que
- imputado, el Tribunal de alzada se remite a los fundamentos expresados líneas arriba
- El presente recurso fue admitido ante la concurrencia de los presupuestos de flexibilización, porque el
- En cuanto a la debida fundamentación y con base a la Constitución Política del Estado
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- De ello, se establece que los Tribunales de alzada a momento de emitir sus fallos
- III.2. Análisis del caso concreto
- restringida; y, f) El Tribunal de juicio no realizó una correcta valoración del término “joder”,
- Respecto a la denuncia de falta de fundamentación concerniente al reclamo que la víctima declaró
- De esta relación necesaria de antecedentes, se observa que lo alegado por el recurrente no
- Respecto al motivo fundado en el quebrantamiento del principio de presunción de inocencia: “al
- Con relación a la observación de que las pruebas de genética forense, establecieron que no
- que desarrolló a la sentencia, advirtió que las pruebas cuestionadas por el recurrente sí fueron
- En cuanto a la denuncia de que al existir duda sobre su culpabilidad, correspondía al
- En cuanto, al motivo fundado en que que no se valoraron las pruebas detalladas en
- Así también, el recurrente en su apelación restringida reclamó que el juzgador solo efectuó una
- Finalmente, el recurrente en su apelación restringida arguyó, que el Tribunal no consideró la prueba
- De esta relación necesaria de antecedentes, pese a que el recurrente se limitó a enunciar
- Por los argumentos expuestos, se concluye que el Tribunal de alzada al momento de emitir
- primero se comunicó vía telefónica con Luís Darío Mamani, convocándolo a partir de las 18:00
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
