Auto Supremo AS/0856/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0856/2017-RRC

Fecha: 31-Oct-2017

Respecto a la denuncia de falta de fundamentación concerniente al reclamo que la víctima declaró


Respecto a la denuncia de falta de fundamentación concerniente al reclamo que la víctima declaró en audiencia de juicio oral que la persona que la violó respondía al nombre de Brayan Quispe Castillo, se tiene de antecedentes, que ante la emisión de la Sentencia condenatoria, el imputado Cristian Juan Quispe Mamani formuló recurso de apelación restringida, alegando en sus motivos primero, segundo y quinto, arguyó que la víctima señaló que reconoció a su agresor dando el nombre de Brayan Quispe Castillo; en cuyo efecto, conforme se tiene del Auto de Vista recurrido, el Tribunal de alzada abrió su competencia manifestando con relación al recurso de apelación restringida formulado por el referido imputado, que los fundamentos eran similares a los del recurso del otro coimputado (Luís Dario Mamani Cuyuña), por lo que se remitía a los fundamentos ya expresados a tiempo de responder a dicho recurso; consecuentemente, respecto al motivo en análisis advirtió que Brayan Quispe Castillo, era mencionado como un tercer acusado; empero, indicaba la sentencia que se favoreció con una Resolución de rechazo de 15 de julio de 2014, que fue confirmada por decreto de 29 de julio de 2014, ello porque las imputaciones presentadas contra Cristhian Juan Quispe Mamani de 20 de diciembre de 2012, confirmada por decreto de 21 de diciembre de 2013 y Luís Dario Mamani Coyuña de 28 de diciembre de 2013, confirmada por decreto de 21 de diciembre de 2013, fueron presentadas por el delito de Violación; empero, no hubo ningún pronunciamiento, individualización e identificación respecto a Brayan Quispe Castillo y el término de la etapa de investigación feneció de acuerdo a los arts. 69, 277 y 289 del CPP, además al Tribunal de alzada le está prohibido revalorizar la prueba; por cuanto, es atribución del Juez natural, tomar en cuenta la declaración que indica el apelante