Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1038/2017
Fecha: 04-Oct-2017
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Partes: Andrés Quispe Quispe, Martha Quispe Quispe y Filomena Quispe Quispe
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Proceso: Nulidad de Escritura Pública
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Distrito: La Paz
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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II. DEL CONTENIDO DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
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De la respuesta al recurso de casación
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
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De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
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En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
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De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
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III.2.- Sobre la Causa Ilícita y el Motivo Ilícito
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Respecto a la causa ilícita, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 252/2013
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La causa es lícita cuando es conforme al orden público o las buenas costumbres y
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Si el contrato es ilícito por ilicitud de causa, forzosamente es ilícito para ambos contratantes,
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En cuanto al motivo ilícito el Auto Supremo Nº 311/2013 de 17 de junio, orientó
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Asimismo diremos que el objeto del contrato, se encuentra constituido por el conjunto de las
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III
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Al respecto, se tiene que el Auto Supremo Nº 39/2014 de 18 de febrero, sobre
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IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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Con relación al reclamo y conforme lo expresamos en doctrina aplicable en el punto III
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De la transcripción realizada se evidencia que el tribunal Ad quem si ha expresado las
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Sobre lo acusado diremos que el Tribunal de Alzada, en el Auto de Vista impugnado
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Por lo que corresponde a este Tribunal emitir Resolución conforme lo establece el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
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