Auto Supremo AS/1058/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1058/2017

Fecha: 05-Oct-2017

III. DOCTRINA APLICABLE

Refiere que el pago de impuesto es un mecanismo jurídico por el cual el Estado reconoce al propietario o al poseedor, si el demandante ha estado ocupando el inmueble durante 15 años, porque no ha dado cumplimiento al pago de impuestos durante esos años
Por ultimo alude que se ha violado el art. 218 del código Procesal Civil con relación al art. 180 del CPE, debido a que no existe fundamento inherente a la posesión del demandante, no existe fundamentación respecto a los medios de defensa opuestos
Contestación al recurso de casación.-
Señala que el recurso de casación no determina si es en el fondo o en la forma, requisito admisibilidad que no ha sido cumplido por lo que correspondería declarar improcedente su recurso
III. DOCTRINA APLICABLE:
III.1.- De la Congruencia en las Resoluciones.-
En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que en el caso de la apelación, encuentra su fuente normativa en el art. 265 del Código Procesal Civil, que se sintetiza en el aforismo “tantum devolutum quantum appellatum”, que significa es devuelto cuanto se apela, con esto se establece el límite formal de la apelación en la medida de los agravios propuestos en la impugnación, en otras palabras, la función jurisdiccional del órgano de revisión en doble instancia se ve contenido a lo formulado en la apelación por el impugnante