Auto Supremo AS/1116/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1116/2017

Fecha: 30-Oct-2017

II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
1.- Refieren que plantearon recurso de apelación y que fue confirmado la Sentencia. 2.- Refiere a la observación realizada por el de primera instancia con relación al apellido de casada, asimismo por otra parte la fijación de su pretensión. 3.- Se adjuntaría certificado de matrimonio y el posterior fallecimiento de su cónyuge, observando que la fecha del matrimonio con relación a la adquisición del bien inmueble y que no tuviera registro sino la fecha 29/04/1976 no tuviera publicidad conforme al art 1538 del Código Civil. 4.- refiere a las fechas de registro del bien inmueble y sub-inscripción. 5.- Considera que existe ganancialidad del inmueble y la existencia de herederos, la no posibilidad de ejercer el derecho propietario al ser propietaria solo del 50%, que la demandante carecería de personería. 6.- Observa la superficie, ubicación, medidas perimetrales, que habria sido observado pero aceptado, no se tomaría en cuenta la publicidad con el registro en Derechos Reales. 7.- Que el informe técnico adjuntado a la demanda no identificaría plenamente, y este aspecto invalidaría los planos del lote. 8.- Refiere a la acción reivindicatoria, y que la demandante no estuviera legitimada para actuar en calidad de ganancialicio al fallecimiento de su cónyuge. Asimismo refiere a la ocupación que dicen y las construcciones realizadas. 9.- El auto de Vista no corregiría los errores de la Sentencia sino lo convalidaría, se olvidaría la oponibilidad desde el registro.
Señalan además que 1.- se conculcó el art. 1538 del Código Civil al no estar saneado con el registro en las oficinas de Derechos Reales. 2.- Por otro lado dicen que se conculcó y vulneró el art. 1453 de Código Civil al no haber demostrado su legítimo derecho propietario. 3.- Reiteran nuevamente el entendimiento del art. 1453 del C.C., y el requisito de que el propietario que haya perdido la posesión, que en el caso no se demostraría ser propietaria. Que sería forzada la valoración realizada