No obstante esa puntualización y el desglose que se realiza, el desarrollo teórico no se
No obstante esa puntualización y el desglose que se realiza, el desarrollo teórico no se enmarca de ninguna manera a las normas descritas de principio que puedan estar encaminadas como fundamento del recurso que se refieren plantear, pues no existe propiamente acusación de la existencia de violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley, o que se hubiera incurrido en error de derecho o error de hecho, por lo que en rigor estos aspectos no son fundamento para la válido consideración en un recurso de casación como se tiene explicado en el punto III.1. supra
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Por otro lado respecto a la observación de la matrícula computarizada y el presunto incumplimiento
- Respecto a la presunta interpretación errónea del art
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por lo anterior dice plantean recurso de casación en el fondo y en la forma
- Única y nuevamente refiriera a la excepción planteada, que estuviera ejecutoriada al no haber hecho
- Pide que analizado el recurso de declare por el improcedente
- 1.- Del recurso de casación y sus características
- La Casación tiene por fin privilegiar la recta aplicación de la ley y de esta
- Como característica esencial de este recurso podemos establecer que no se trata de una tercera
- 2.- Respecto a la violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley
- Interpretación Errónea: no se trata de una cuestión de existencia, subsistencia o determinación del alcance
- Aplicación Indebida: el error in iudicando no se contiene en la premisa mayor del silogismo,
- Como corolario de lo anterior, podemos delimitar los tres casos objeto de estudio del siguiente
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En ese antecedente y para ingresar en contexto con el fin de efectuar un análisis
- Asimismo en la norma de análisis se verifica como causal de casación “cuando en la
- No obstante esa puntualización y el desglose que se realiza, el desarrollo teórico no se
- No obstante la deficiencia anotada corresponde responder el desacuerdo con el razonamiento de los juzgadores
- Por otro lado con relación a la observación que se hace respecto de la superficie
- En el punto 8 que refiere a la acción principal de reivindicación, no obstante que
- Finalmente respecto al punto 9, así como el acápite señalado como “leyes conculcadas”, no tienen
- El análisis efectuado debe considerarse por la parte demandada, en cuanto a sus argumentos como
- Por lo expuesto corresponde emitir resolución por el infundado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo: Dr. Rómulo Calle Mamani.
