Denuncia haberse realizado consideraciones ilegales de la prueba testifical de cargo, ya que los testigos
Acusa violación del debido proceso y derecho a la defensa señalando que desde el inicio del proceso se habría violado el derecho a la defensa al no comunicarle junto a la citación con la demanda los antecedentes de la denuncia que permitan conocer exactamente el hecho atribuido a su persona y en la Sentencia se habría cambiado los hechos a otros distintos a lo demandado y además por el propio procedimiento que establece la Ley y la interpretación que habría realizado la Juez A-quo de los arts. 227 y 229 del CNNA, no habría podido obtener copias legalizadas de los informes psicológicos y sociales; refiere incongruencia entre lo demandado, lo averiguado y sentenciado indicando que se habría demandado por el hecho de haber negado otorgar permiso al niño para salir al baño el día 25 de abril de 2014 y en función a esa relación elaboró su defensa, sin embargo en la Sentencia se cambió los hechos en sentido de que el maltrato fue en todo el periodo previo desde el inicio del año escolar.
Denuncia haberse realizado consideraciones ilegales de la prueba testifical de cargo, ya que los testigos no conocerían de forma directa los hechos y habrían incurrido en falso testimonio y la Juez se habría basado en dicha prueba para emitir la Sentencia y no dio valor probatorio a la prueba testifical de descargo que sí conocerían de forma directa los hechos; refiere omisión de consideración de la nota aclaratoria de fs. 127 confirmada por el Informe psicológico de fs. 129 a 140 y por las declaraciones testificales de descargo de fs. 88-93 y 93-105; finaliza indicando que no se consideró la prueba de fs. 205 (carta notariada), la misma que habría sido rechazada
Denuncia haberse realizado consideraciones ilegales de la prueba testifical de cargo, ya que los testigos no conocerían de forma directa los hechos y habrían incurrido en falso testimonio y la Juez se habría basado en dicha prueba para emitir la Sentencia y no dio valor probatorio a la prueba testifical de descargo que sí conocerían de forma directa los hechos; refiere omisión de consideración de la nota aclaratoria de fs. 127 confirmada por el Informe psicológico de fs. 129 a 140 y por las declaraciones testificales de descargo de fs. 88-93 y 93-105; finaliza indicando que no se consideró la prueba de fs. 205 (carta notariada), la misma que habría sido rechazada
- Proceso: Maltrato físico y psicológico
- Distrito: La Paz
- I
- Respecto a la carta notaria de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Afirma que la Juez y los Vocales creen en el relato del niño, convirtiendo a
- Denuncia haberse realizado consideraciones ilegales de la prueba testifical de cargo, ya que los testigos
- III. DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En este antecedente, de los datos que informan el proceso se tiene que, el Tribunal
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por los fundamentos expuestos, corresponde emitir Resolución en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
