Auto Supremo AS/1131/2017-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1131/2017-RI

Fecha: 30-Oct-2017

Respecto al cumplimiento de los requisitos previstos en el art


Respecto al cumplimiento de los requisitos previstos en el art. 258 num. 2) del Código de Procedimiento Civil (abrogado) que guarda similitud con el art. 274.I numeral 3) del Código Procesal Civil, este Tribunal Supremo entre otros, ha emitido el Auto Supremo Nº 178/2014 de 24 de abril señalando que: “En ese entendido, diremos que el recurso de casación de manera general como está expuesto, no cumple con la adecuada técnica recursiva, necesaria para ser considerado en casación, es más el recurso que se analiza no reúne los requisitos de fondo y de forma expresados por el art. 258 núm. 2) del Código de Procedimiento Civil, por cuanto no especifica en qué consisten tales violaciones, falsedades o errores…”, “Finalmente, es necesario reiterar que la mera cita de normas violadas, no satisface el requisito exigido por el art. 258 núm. 2) del Código de Procedimiento Civil, porque el recurrente debe, en cada caso concretar, precisar e individualizar cada una de las infracciones denunciadas fundando la conculcación para demostrar cómo y en que forma la decisión de segundo grado dañó su derecho al debido proceso”