Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0301/2017
Fecha: 20-Nov-2017
I.1.2. Auto de Vista
I.1.2. Auto de Vista
-
Demandado: EMPRESA ALTA ESTÉTICA S.R.L
-
VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por la Empresa Alta Estética S
-
Que, tramitado el proceso por Beneficios Sociales, seguido por Silvana Alejandra Montaño Aguilera, Alta Estética
-
I.1.2. Auto de Vista
-
2. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
-
Alta Estética S
-
Alcances y precisión “En derecho” del Recurso de Casación en Cuanto al Fondo
-
Manifiesta además que por su parte el Tribunal Ad quem, al confirmar la decisión del
-
Reitera el incumplimiento de ambas instancias, al no aplicar lo establecido tanto en la Constitución
-
Se refiere a la Constitución de las Personas Jurídicas de Derecho Comercial tanto de la
-
Aduce que la repetida cláusula Décima Segunda de las dos escrituras públicas No
-
En cuanto a la excepción previa de incompetencia en razón de la materia y relación
-
Aduce por otra parte la Imposibilidad de existencia de una relación de dependencia de naturaleza
-
Se refiere por otra parte a la naturaleza jurídica comercial de los contratos de Comisión
-
Posteriormente desarrolla los arts
-
El parágrafo II, de su memorial señala la Omisión total intencional sobre la valoración, tasación
-
2
-
3
-
En el parágrafo III sostiene la Confirmación de la excepción Previa de incompetencia por el
-
Solicita se case el Auto de Vista No
-
I.2.3. RESPUESTA DE LA SRA. SILVANA ALEJANDRA MONTAÑO AGUILERA
-
En representación legal de la impetrante, se apersona y absuelve traslado el abogado José Luis
-
Aduce que el Auto de Vista No
-
Da por contestado el recurso interpuesto, solicitando declaren Infundado el recurso interpuesto por la actora
-
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
-
Planteado el Recurso de Casación en el fondo, ingresando a su análisis con relación al
-
El art
-
En el presente caso la excepción de incompetencia fue declarada IMPROBADA, por lo que no
-
En consecuencia, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, en aras de precautelar el derecho y
-
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
-
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Otros enlaces de interés: