Auto Supremo AS/0906/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0906/2017-RRC

Fecha: 20-Nov-2017

Respecto a la denuncia de inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva contenida en


El recurrente invocó como precedente, el Auto Supremo 271/2013 de 17 de octubre, emitido en el proceso penal por el delito de Tentativa de Homicidio y Robo Agravado; del contenido del recurso de casación, se determinó que los motivos estaban vinculados a la denuncia de falta de fundamentación del Auto de Vista recurrido respecto a reclamos de reserva de apelación; al respecto, el fundamento del Tribunal de casación determinó que el Tribunal de alzada respondió aunque escueta pero fundadamente de forma expresa, clara, completa, legítima y lógica, respecto a dichos reclamos de reserva de apelación, señalando que evidenció que no ocurre tal situación jurídica; en consecuencia, la actuación del Tribunal de juicio al rechazar los incidentes fue correcta y la argumentación expresada cumplió con lo establecido en el art. 124 del CPP, al haber de manera concisa pero certera, respondido en sentido que dichos incidentes fueron debidamente resueltos por el Tribunal de juicio, por ser extemporáneo y haber precluido su derecho; en consecuencia, concluyo que no existió vulneración de derechos y garantías constitucionales, al haberse otorgado respuesta fundamentada. Por otro lado, el Tribunal de alzada de manera fundamentada y cumpliendo con los elementos o requisitos para una correcta fundamentación sobre el control efectivo realizado en la valoración de la prueba por el Tribunal de juicio, concluyó que tampoco se incurrió en falta de fundamentación, menos vulneró los derechos del debido proceso, a la tutela judicial efectiva y la defensa.


Respecto a la denuncia de inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva contenida en el art. 370 inc. 1) del CPP, al no establecerse los elementos constitutivos de los delitos de Tentativa de Homicidio y de Robo Agravado, menos determinado la existencia del concurso ideal, se verificó que el Auto de Vista impugnado en sus once considerandos, simplemente efectúo el análisis in extenso respecto al delito de Robo Agravado, sin otorgar respuesta sobre el delito de Tentativa de Homicidio y sin explicar fundadamente sobre la existencia o no del concurso ideal reclamado. Por esta razón, el Supremo Tribunal evidenció incongruencia omisiva, en que incurrió el Tribunal de apelación, al no haber absuelto todos los puntos cuestionados conforme dispone el art. 398 del CPP y así dar cumplimiento a lo establecido en el art. 124 de la misma norma adjetiva penal, concluyéndose que el Tribunal de alzada en esta parte, vulneró el derecho a la defensa, al debido proceso y de recurrir, vinculado a defectos absolutos no susceptibles de convalidación, dejando sin efecto el Auto de Vista recurrido