Auto Supremo AS/1146/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1146/2017

Fecha: 01-Nov-2017

Sin embargo, de la revisión del nuevo Auto de Vista signado como Nº 87/2016

Sin embargo, de la revisión del nuevo Auto de Vista signado como Nº 87/2016 de 10 de octubre que cursa de fs. 607 a 609 vta., se observa que los jueces de Alzada, contrariamente a lo dispuesto en el Auto Supremo citado anteriormente, tal como lo acusan los recurrentes, procedieron a confirmar la Sentencia, desestimando los fundamentos expuestos en el recurso de apelación, sin realizar un análisis de fondo de los motivos y expresión de agravios del recurso de apelación, limitándose a advertir una supuesta falta de fundamentación y explicación en que hubiese incurrido el apelante respecto a cómo la Resolución impugnada vulneraría sus derechos fundamentales, o qué medio de prueba habría sido erróneamente valorado o que norma del derecho sustantivo o adjetivo civil no habría sido correctamente aplicadas por el Juez A quo; criterio que no es compartido por este Tribunal de Casación, pues en virtud a los principios pro actione y pro homine, los cuales fueron desarrollados en el punto anterior, se dejó establecido que ante el principio de prevalencia del derecho sustancial respecto al formal, el incumplimiento o inobservancia de las formalidades no debe ser causal para que aquél –derecho sustancial- no surta efecto, pues no deben primar los requisitos formales sobre el derecho sustancial