Auto Supremo AS/1164/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1164/2017

Fecha: 01-Nov-2017

En cuanto a la errónea valoración de los Bs

En cuanto a la errónea valoración de los Bs. 2.000 pagados a Pasten, el Ad quem refiere que efectivamente el Juez considero este pago efectuado en un cuenta del Banco FIE S.A. a nombre de Héctor Alcides Pasten; pero que sin embargo y de no considerar dicho pago el demandado habría acreditado haber cancelado la suma de $u.s 34.000, incidiendo de que en el presente caso no se habría acreditado el valor real de inmueble para considerarse una lesión que permita la recisión del contrato; por lo que considera que esta fundamentación no afectaría al fondo de la Resolución