Auto Supremo AS/1176/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1176/2017

Fecha: 01-Nov-2017

Se debe tener presente que toda Resolución debe cumplir con el principio de congruencia, es

III.3.- Sobre el principio de congruencia.-
Se debe tener presente que toda Resolución debe cumplir con el principio de congruencia, es decir, debe ajustarse a las peticiones deducidas por las partes y a los aspectos que han sido motivo de la controversia, guardando así la coherencia procesal necesaria; al respecto el art. 236 del Código de procedimiento Civil señala: “El Auto de Vista deberá circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación y fundamentación a que se refiere el artículo 227…”; de dicha normativa se infiere que en el caso de la apelación, la función jurisdiccional del órgano de revisión en doble instancia se ve contenido a lo formulado en la apelación por el impugnante