Auto Supremo AS/1209/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1209/2017

Fecha: 21-Nov-2017

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3.- PROBADA la mutua petición formulada por José Omar Arzabe Maure y Ligia Jacqueline Aranibar la Fuente tanto respecto de la reivindicación como del resarcimiento por hecho ilícito, en cuya virtud se dispone:
3.1. Que a tercero día de ejecutoriada la presente sentencia los demandados junto a su familia procedan a restituir (hacer entrega o devolución) del bien inmueble de calle Cafetales esq. Sevillanas Nº 2691, zona el Temporal de Queru Queru de esta ciudad registrado en DD.RR a fs. y Ptda.107 del Libro Primero “A” de la Capital en fecha 18 de enero de 1993 totalmente desocupado a sus propietarios José Omar Arzabe Maure y Ligia Jacqueline Aranibar La Fuente y sea a tercero día bajo expresa conminatoria de lanzamiento o desapoderamiento con ayuda de la fuerza pública en caso de desobediencia