De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y
De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y el de forma son dos medios de impugnación distintos, que persiguen igualmente finalidades diferentes
- Partes: Dora Saavedra de Tejerina
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: Cochabamba
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Asimismo, señala que, la A quo no habría considerado que, según el testimonio de Derechos
- Conforme a lo previsto en el art
- II. 2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- En base a esos argumentos, pide se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista
- A su vez, Mario Rocha Zurita y Betzaida Torrez de Rocha a través de su
- III.- Doctrina legal
- El Auto Supremo: 384/2012 de 29 de octubre respecto al tema, -entre otros Autos Supremos-
- En ambos casos, es de inexcusable cumplimiento el mandato del artículo 258-2) del Código de
- De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y
- Por otro lado se debe considerar que este Tribunal Supremo ha establecido que contra una
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el caso de Autos, la recurrente plantea recurso de casación en el fondo, cuyo
- Por lo que se deduce que la recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
