El Auto Supremo: 384/2012 de 29 de octubre respecto al tema, -entre otros Autos Supremos-
El Auto Supremo: 384/2012 de 29 de octubre respecto al tema, -entre otros Autos Supremos- señaló que: “En principio diremos que si bien existe la posibilidad de plantear recurso de casación tanto en el fondo como en la forma, empero debe comprenderse cabalmente que cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, esto es por errores en la resolución de fondo o en la resolución de la controversia misma, en este caso los hechos denunciados deben circunscribirse a las causales de procedencia establecidas en el artículo 253 del Adjetivo Civil, siendo su finalidad la casación del Auto de Vista recurrido y la emisión de una nueva resolución que en base a una correcta interpretación o aplicación de la ley sustantiva o eliminando el error de hecho o de derecho en la valoración de la prueba, resuelva el fondo del litigio. En tanto que si se plantea el recurso de casación en la forma, se lo hace por errores de procedimiento, la fundamentación de agravios debe adecuarse a las causales contenidas en el artículo 254 del mismo cuerpo legal, siendo su finalidad la anulación de la resolución recurrida o del proceso mismo, lo primero sucede cuando la resolución recurrida contiene infracciones formales y, lo segundo cuando en la sustanciación del proceso se hubieren violado las formas esenciales del mismo y que se encuentren sancionadas con nulidad por la ley. Finalmente, en cuanto al petitorio en uno u otro tipo de recurso también difiere, pero en caso de interponerse al mismo tiempo ambos recursos (forma y fondo), no es correcto solicitar simplemente que se case la resolución recurrida o se anule la misma, la petición tendrá que ser de manera alternativa porque la finalidad de ambos recursos son diferentes, cuyos fundamentos deben ser desarrollados diferenciándose claramente el uno del otro
- Partes: Dora Saavedra de Tejerina
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: Cochabamba
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Asimismo, señala que, la A quo no habría considerado que, según el testimonio de Derechos
- Conforme a lo previsto en el art
- II. 2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- En base a esos argumentos, pide se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista
- A su vez, Mario Rocha Zurita y Betzaida Torrez de Rocha a través de su
- III.- Doctrina legal
- El Auto Supremo: 384/2012 de 29 de octubre respecto al tema, -entre otros Autos Supremos-
- En ambos casos, es de inexcusable cumplimiento el mandato del artículo 258-2) del Código de
- De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y
- Por otro lado se debe considerar que este Tribunal Supremo ha establecido que contra una
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el caso de Autos, la recurrente plantea recurso de casación en el fondo, cuyo
- Por lo que se deduce que la recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
