Auto Supremo AS/1249/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1249/2017

Fecha: 04-Dic-2017

En ese entendido, y toda vez que la competencia del juez que conocerá la causa

La doctrina viene considera como presupuestos procesales de admisibilidad, de verificación obligatoria por parte del Juez de la causa: 1) la competencia y jurisdicción del tribunal; 2) lalegitimación de las partes y; 3) la pretensión jurídicamente atendible, La verificación oportuna de estos presupuestos procesales de admisibilidad permite vigilar no solo la idoneidad de la relación procesal, evitando la anormal sustanciación y duración de procesos que resultan afectados de invalidez, por lo que cuando se aprecie la falta de un presupuesto procesal, el Juez de la causa está obligado a dictar resolución de rechazo de la demanda de oficio, reiteramos con el fin de evitar un proceso y en su caso una Sentencia inútil e ineficaz.”
En ese entendido, y toda vez que la competencia del juez que conocerá la causa se constituye en uno de estos presupuestos procesales, corresponde ahondar un poco más sobre sobre el mismo, por lo que incumbe realizar las siguientes consideraciones:
Que, la amplia jurisprudencia emitida por la ex Corte Suprema de Justicia al igual que el Tribunal Supremo de Justicia, desarrollaron algunas conceptualizaciones respecto de la competencia; indicando en ese entendido que la competencia conforme la define el art. 12 de la Ley del Órgano Judicial, “Es la facultad que tiene una magistrada o magistrado, una vocal o un vocal, una Jueza o un Juez, o Autoridad indígena originaria campesina para ejercer la jurisdicción en un determinado asunto”, de lo referido se tiene que la competencia es el modo o manera como se ejerce la jurisdicción, ya sea por circunstancias concretas de materia, cuantía, grado, turno, territorio, naturaleza; imponiéndose por tanto una competencia por necesidades de orden práctico, en ese entendido vemos que la jurisdicción es el género, mientras que la competencia viene a ser la especie, así, todos los jueces tienen jurisdicción pues tienen el poder de administrar justicia, pero cada Juez tiene competencia para conocer y resolver determinados asuntos