Auto Supremo AS/0027/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0027/2017

Fecha: 15-Feb-2017

CONSIDERANDO III: El art


CONSIDERANDO III: El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales sometidos a conocimiento de la jurisdicción ordinaria; por su parte, el art. 184 num.7 constitucional, determina como atribución del Tribunal Supremo de Justicia, conocer y resolver casos de revisión extraordinaria de sentencia, norma concordante con el art. 38 inc.6) de la Ley 25 del Órgano Judicial (LOJ)