Auto Supremo AS/0027/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0027/2017

Fecha: 15-Feb-2017

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,


POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, ejerciendo la atribución conferida por el art. 184 numeral 7 de la Constitución Política del Estado, art. 38 de la Ley del Órgano Judicial, así como en el art. 50 inciso 2) y 424 inciso 2) del Código de Procedimiento Penal; con los fundamentos expuestos, falla en única instancia:

1° ANULANDO la Sentencia Nº 104/2002 de 25 de noviembre, pronunciada por el Juez Tercero de Partido en lo Penal y Liquidador de Cochabamba, dentro del fenecido proceso penal que siguió el Ministerio Público y René Soria Galvarro en su contra, por el delito de asesinato, únicamente respecto al quantum de la pena o tiempo de reclusión impuesto; en su mérito,

2° Se DISPONE la aplicación de la Ley 548 de 17 de julio de 2014 y en consecuencia, la reducción del tiempo de cumplimiento de la sanción de privación de libertad a una quinta parte de la que fue impuesta por la Sentencia revisada, es decir, seis (6) años de reclusión en el recinto penitenciario “El Abra” de la ciudad de Cochabamba, manteniendo firme y subsistente la misma en todo lo demás; y,

3° Considerando el contenido de la certificación del Director del recinto penitenciario “El Abra”, de 29 de enero de 2016, que consigna la permanencia del recurrente de siete (7) años, nueve (9) meses y tres (3) días en ese momento, es decir, desde el inicio de su detención a la fecha, ha transcurrido más tiempo del que fue determinado en la condena impuesta, en aplicación de lo que determina el primer párrafo del art. 426 del Código de Procedimiento Penal; en consecuencia, se ORDENA al Juez de Ejecución Penal de Turno de Cochabamba, previa verificación de que el ahora recurrente no esté recluido además por otro delito, expida el mandamiento de libertad definitiva a favor de MAURICIO FERDIN HUMBOLDT DUARTE