Auto Supremo AS/0027/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0027/2017

Fecha: 15-Feb-2017

Las normativas transcritas, constituyen modificaciones a la normativa procesal penal del país y obedecen a


Las normativas transcritas, constituyen modificaciones a la normativa procesal penal del país y obedecen a las recomendaciones realizadas por los instrumentos internacionales de las Naciones Unidas para la administración de la Justicia de menores (Reglas de Beijing) adoptadas por la Asamblea General en su Resolución 40/33 de 28 de noviembre de 1985, a las Reglas de la Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad, adoptadas por la Asamblea General en su Resolución 45/113 de 14 de diciembre de 1990 y la Convención sobre los Derechos del Niño ratificado por Bolivia el 26 de junio de 1990, reglas entre las cuales se tiene:

“7. Cuando corresponda, los Estados deberán incorporar las presentes Reglas a su legislación o modificarla en consecuencia, y establecer recursos eficaces en caso de inobservancia, incluida la indemnización en los casos en que se causen perjuicios a los menores. Los Estados deberán además vigilar la aplicación de las Reglas