Auto Supremo AS/0035/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0035/2017

Fecha: 20-Feb-2017

En cuanto al recurso interpuesto por la entidad municipal demandada


I.2 Motivos del recurso de casación

El referido Auto de Vista, motivó a que Iván Jorge Arciénega Román, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, interponga el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 537 a 547 vta., y el recurso de casación en el fondo de fs. 549 a 550 vta., planteado por Irenia Soto García de Bernal, manifestando en síntesis:

En cuanto al recurso interpuesto por la entidad municipal demandada:

En la forma, denunció la incompetencia del juez o tribunal para tramitar la causa, porque el juez de primera instancia asumió competencia basándose en la Ley General del Trabajo y normativa jurídica conexa en materia laboral, contraviniendo lo dispuesto por ley, aduciendo que no se tomó en cuenta lo dispuesto en los arts. 46. I y 48. III de la Constitución Política Estado y principalmente la Ley Nº 321 de 18 de diciembre de 2012, norma de la cual citó lo previsto en su art. 1, saltando a la vista la irracionalidad de las autoridades jurisdiccionales que asumieron competencia para tramitar la causa, porque la citada ley, se refiere al personal permanente y no provisorio, no siendo aplicable al caso concreto, por lo que tampoco corresponde aplicar la LGT y otras disposiciones conexas sobre la materia