Auto Supremo AS/0035/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0035/2017

Fecha: 20-Feb-2017

Sin embargo, una vez cumplido el contrato, la actora continuo trabajando de manera ininterrumpida hasta


Sin embargo, una vez cumplido el contrato, la actora continuo trabajando de manera ininterrumpida hasta el 20 de marzo de 2013, conforme se evidencia por la prueba adjuntada al proceso, como son las tarjetas y panillas de asistencia que cursan en obrados, correspondientes a la gestión 2013, produciéndose la tacita reconducción del contrato