Auto Supremo AS/0117/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

En cuanto a la fundamentación probatoria, siendo el juzgador de mérito, el único facultado para


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En cuanto a la fundamentación probatoria, siendo el juzgador de mérito, el único facultado para valorar prueba, la ausencia de fundamentación sea descriptiva o intelectiva, implica defecto absoluto inconvalidable, toda vez que, conforme nuestro sistema recursivo, el Tribunal de alzada no puede suplir la fundamentación probatoria, porque ello implica valoración de la prueba; pues, la falta de fundamentación descriptiva sobre alguna de las pruebas, impide el control sobre ella; de la misma forma, la ausencia de fundamentación intelectiva, impide verificar, si la valoración de la prueba sea individual o conjunta, se hizo en correcta aplicación de las reglas de la sana crítica.”. (las negrillas son nuestras)