II.1. De la Sentencia
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente:
II.1. De la Sentencia
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 12/2015 de 10 de marzo (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el Gobierno Autónomo Departamental de Pando (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 737/2016-RA de 26 de septiembre,
- El recurrente afirma que en cuanto al primer motivo de apelación restringida, sobre la valoración
- Asimismo, cuestiona que similar situación ocurre con la prueba documental de cargo, numerales 8 al
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 737/2016-RA de 26 de septiembre, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 12/2015 de 10 de marzo, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
- Previa descripción de la codificación y contenido de la prueba documental, así como de las
- De igual manera, argumenta que no puede valorar la prueba MP3 consistente en un acta
- Posteriormente, efectúa una valoración de las pruebas testificales de Celin Guari Aparicio, Efraín Ajnota Cerda
- La víctima mediante sus apoderados Félix Espejo Mamani y Carlos Morales Franco, como primer motivo
- La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, en mérito al
- (ii)
- (iii)
- En cuanto, al primer motivo de apelación planteado por el Ministerio Público, el Tribunal de
- A continuación dicen los jueces que hallan insuficiente la argumentación, pruebas adjuntadas, ello en razón
- Bajo dicho argumento refiere el Tribunal de apelación, que cuando los jueces afirman que los
- En el caso presente, la víctima denuncia que el Tribunal de apelación convalidó una Sentencia
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el recurso de casación sujeto a análisis, el recurrente denunció que el Tribunal de
- A fin de resolver de forma clara y puntual la problemática planteada por el recurrente,
- En cuanto a la fundamentación probatoria, siendo el juzgador de mérito, el único facultado para
- Revisado el Auto de Vista impugnado, se tiene que el Tribunal de apelación, después de
- Al respecto, revisada la sentencia se observa que en el acápite II, destinado a la
- En cuanto a la prueba documental ocurre lo mismo, el Ad quem refiere que con
- Respecto a las pruebas MP7, MP9, MP10, MP12, MP14, MP15, MP18, MP20, MP25 y MP27,
- Nótese que todos los argumentos esgrimidos por el Tribunal de mérito, revelan que evidentemente no
- Respecto a las otras pruebas documentales, sobre las cuales el A quo refirió que al
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
