Auto Supremo AS/0120/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0120/2017

Fecha: 03-Feb-2017

Que los jueces de Alzada vulneraron los arts

Que los jueces de Alzada vulneraron los arts. 1285, 1286, 1287, 1296, 1330, 1331, 1332 y 1334 del Código Civil y arts. 397, 398, 474, 475, 476, 478, 479 y 480 del Código de Procedimiento Civil, pues el Auto de Vista solo realizaría una apreciación de la motivación de la Sentencia para luego señalar que en la vía informativa un supuesto testigo que no fue ofrecido conforme a las normas que rigen la materia habría señalado que no lo conoce