Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0157/2017
Fecha: 20-Feb-2017
Distrito: Oruro
Distrito: Oruro
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Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria
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Distrito: Oruro
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VISTOS: El recurso de casación de fs
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I
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II.2.- De la respuesta al recurso de casación
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Contestación de Herodía Miriam Muñoz Leandro
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En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
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III.1.- Sobre la omisión de respuesta
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Razonamiento reiterado en el Auto Supremo Nº 890/2015-L de 6 de Octubre, donde en relación
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III.2.- En relación al “per saltum”
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Por su parte el Auto Supremo Nº 484/2014 de 29 de agosto ha establecido que:
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III.5.- En relación a la valoración de la prueba
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Respecto a lo anterior en el Auto Supremo Nº 410/2015 de 09 de junio, se
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Por otra parte en el Auto Supremo Nº 184/2015 de 11 de marzo, al referirse
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En el Auto Supremo Nº 629/2014 de 31 de octubre como línea jurisprudencial se ha
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Asimismo, en el Auto Supremo Nº 1115/2015 de 04 de diciembre, al referirse al error
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En mérito al recurso de casación interpuesto, corresponde absolver el mismo de la siguiente manera
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Los arts
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Sin embargo, este no es el único requisito que debe cumplirse para que opere la
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En la especie, en la pretensión de su demanda, el demandante expresa que al abandonar
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Al respecto corresponde citar que el art
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Por otro lado, si bien los testigos de cargo refieren que conocen a su presentante
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IV
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El Tribunal de Alzada en el Auto de Vista ahora impugnado, ha concretado que el
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En ese antecedente, al considerar que en su recurso de apelación había consignado otros fundamentos
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En consecuencia, su denuncia de “falta de valoración de las confesiones judiciales de los demandados”
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En este acápite, el ahora recurrente en una misma relación de hechos denuncia la vulneración
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
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