Auto Supremo AS/0157/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2017

Fecha: 20-Feb-2017

Sin embargo, este no es el único requisito que debe cumplirse para que opere la


Sin embargo, este no es el único requisito que debe cumplirse para que opere la prescripción adquisitiva, sino, conforme se ha desarrollado en la doctrina aplicable sub punto III.3, para la procedencia de la pretensión de usucapión decenal o extraordinaria también deben concurrir los dos elementos de la posesión, que son: el corpus, que es la aprehensión material de la cosa y, el animus, que se entiende como el hecho de manifestarse como propietario de la cosa, además que esta posesión debe ser pública, pacífica, continuada e ininterrumpida por más de diez años; coligiéndose en consecuencia de lo expuesto, que para la procedencia de la usucapión no solo es necesario acreditar la ocupación física del bien inmueble por el término establecido por ley, sino demostrar la posesión efectiva del bien inmueble por más de diez años con la concurrencia de los dos elementos de la posesión que son: el corpus y el animus, y el cumplimiento de los demás requisitos, es decir que la misma haya sido ejercitada de manera pública, pacífica, continua e ininterrumpida como se señaló