Auto Supremo AS/0041/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0041/2017

Fecha: 27-Mar-2017

Para lo anotado, partimos señalando que la resolución impugnada de casación dispuso la nulidad de

Para lo anotado, partimos señalando que la resolución impugnada de casación dispuso la nulidad de obrados hasta la Sentencia Nº 06 de 16 de mayo de 2008 inclusive, ordenando que la Jueza “A quo” pronuncie nueva sentencia con la debida motivación; ello bajo las siguientes razones: 1. Que la “A quo” omitió analizar y motivar adecuadamente sobre la procedencia o improcedencia del vicio de nulidad planteado en la demanda, específicamente sobre el cumplimiento o no de los requisitos mínimos señalados en el art. 99 de la Ley N° 2492, y; 2. Que en relación a los demás puntos demandados que van al fondo de la litis, la sentencia no realiza una adecuada motivación, arribando directamente a conclusiones; de modo que será tal decisión bajo las razones anotadas las que serán objeto de examen por este Tribunal