Ello significa que la norma procedimental citada, prevé que el recurso de nulidad o casación
Estos recursos será conocidos por las salas en materia penal de las respectivas Cortes, de acuerdo a las normas procesales y alternativas establecidas para causas civiles”.
Ello significa que la norma procedimental citada, prevé que el recurso de nulidad o casación en contra el Auto de Vista que resuelve la responsabilidad civil, tiene categóricamente determinado un plazo para su interposición, que es de ocho días, que se computa a partir de la notificación a la parte interesada con la resolución de apelación o Auto de Vista pertinente, siendo el término fatal entendido como tal, que no admite prórroga o excepción, que corre de momento a momento sin lugar a prolongación, interrupción o aplazamiento, teniendo en cuenta el art. 141 del CPC, que ordena que los plazos transcurrirán ininterrumpidamente y sólo se suspenderán durante las vacaciones judiciales, norma que es de orden público y de cumplimiento obligatorio tal cual lo reconoce el art. 90 del CPC, aplicable al caso de autos en razón del art. 355 del CPP.1972 y conforme esta Sala lo precisara en el Auto Supremo 330/2015-RRC de 29 de mayo de 2015, al señalar: “(…) el art. 331 del CPPabrg, en cuanto a los recursos de casación sobre la calificación del daño civil, establece que el término para interponer dichos recurso es de ocho días, que correrá de momento a momento, desde la notificación a la parte interesada con el Auto de Vista pertinente”
Ello significa que la norma procedimental citada, prevé que el recurso de nulidad o casación en contra el Auto de Vista que resuelve la responsabilidad civil, tiene categóricamente determinado un plazo para su interposición, que es de ocho días, que se computa a partir de la notificación a la parte interesada con la resolución de apelación o Auto de Vista pertinente, siendo el término fatal entendido como tal, que no admite prórroga o excepción, que corre de momento a momento sin lugar a prolongación, interrupción o aplazamiento, teniendo en cuenta el art. 141 del CPC, que ordena que los plazos transcurrirán ininterrumpidamente y sólo se suspenderán durante las vacaciones judiciales, norma que es de orden público y de cumplimiento obligatorio tal cual lo reconoce el art. 90 del CPC, aplicable al caso de autos en razón del art. 355 del CPP.1972 y conforme esta Sala lo precisara en el Auto Supremo 330/2015-RRC de 29 de mayo de 2015, al señalar: “(…) el art. 331 del CPPabrg, en cuanto a los recursos de casación sobre la calificación del daño civil, establece que el término para interponer dichos recurso es de ocho días, que correrá de momento a momento, desde la notificación a la parte interesada con el Auto de Vista pertinente”
- Por memorial presentado el 21 de marzo de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia de 17 de junio de 2003 (fs
- b) La mencionada Sentencia fue recurrida de apelación restringida y posterior casación, resueltos mediante Auto
- c) En mérito a la demanda de calificación de Responsabilidad Civil, formulada por Adolfo Beque
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Reclama que el Tribunal de alzada, debía circunscribir su decisión a los puntos recurridos
- 3) Reclama que la Juez Primero de Partido en lo Penal, no valoró en su
- En base a esa relación pide conceder el recurso de casación y en cuanto a
- I.2. Requerimiento Fiscal
- Por Decreto de 27 de abril de 2016, se dispuso VISTA FISCAL, cursante a fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- b) Esta Sentencia fue recurrida de apelación por el demandante, por considerar contraria a las
- c) El nuevo Auto de Vista 13/2015 de 24 de noviembre, dictado por la Sala
- Por mandato de la Disposición Transitoria Primera del Código de Procedimiento Penal vigente, tomando en
- III.1. El recurso de casación en el Código de Procedimiento Penal abrogado de 1972
- De la disposición contenida en el art
- En el tema relacionado a los recursos, el art
- Ello significa que la norma procedimental citada, prevé que el recurso de nulidad o casación
- III.2. Análisis del caso concreto
- En consideración al marco normativo aplicable al caso, es menester verificar el cumplimiento de los
- Consiguientemente, al constatar que el recurso de casación fue presentado fuera del término fatal y
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
