Auto Supremo AS/0145/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0145/2017-RRC

Fecha: 01-Mar-2017

Ello significa que la norma procedimental citada, prevé que el recurso de nulidad o casación

Estos recursos será conocidos por las salas en materia penal de las respectivas Cortes, de acuerdo a las normas procesales y alternativas establecidas para causas civiles”.

Ello significa que la norma procedimental citada, prevé que el recurso de nulidad o casación en contra el Auto de Vista que resuelve la responsabilidad civil, tiene categóricamente determinado un plazo para su interposición, que es de ocho días, que se computa a partir de la notificación a la parte interesada con la resolución de apelación o Auto de Vista pertinente, siendo el término fatal entendido como tal, que no admite prórroga o excepción, que corre de momento a momento sin lugar a prolongación, interrupción o aplazamiento, teniendo en cuenta el art. 141 del CPC, que ordena que los plazos transcurrirán ininterrumpidamente y sólo se suspenderán durante las vacaciones judiciales, norma que es de orden público y de cumplimiento obligatorio tal cual lo reconoce el art. 90 del CPC, aplicable al caso de autos en razón del art. 355 del CPP.1972 y conforme esta Sala lo precisara en el Auto Supremo 330/2015-RRC de 29 de mayo de 2015, al señalar: “(…) el art. 331 del CPPabrg, en cuanto a los recursos de casación sobre la calificación del daño civil, establece que el término para interponer dichos recurso es de ocho días, que correrá de momento a momento, desde la notificación a la parte interesada con el Auto de Vista pertinente”