Auto Supremo AS/0145/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0145/2017-RRC

Fecha: 01-Mar-2017

En el tema relacionado a los recursos, el art


En el caso de la tramitación de la Responsabilidad Civil originada del proceso penal fenecido, la normativa pertinente se encuentra comprendida en el Titulo II Capítulo I DE LA CALIFICACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL, arts. 327 al 338 del CPP.1972, que constituye un procedimiento especial destinado a la determinación o indemnización de los daños y perjuicios ocasionados en favor de la víctima o damnificado como consecuencia de la comisión del delito, calificación que debe ser efectuado por la autoridad jurisdiccional que dispuso la emisión de Sentencia, siempre y cuando hubiere lugar a su determinación o cuantificación.

En el tema relacionado a los recursos, el art. 331 del CPP.1972, establece: “La sentencia que califique la responsabilidad civil, será apelable ante la Corte Superior del Distrito, en el término de cinco días de su notificación y el auto de vista que se pronuncie, recurrible de nulidad o casación ante la Corte Suprema de Justicia, en el término fatal de ocho días